NOVEDADES
CESCO
Lucía del Saz Domínguez
Septiembre 2024
En la sentencia objeto de análisis el TJUE analiza si el juez nacional está facultado para examinar de oficio el eventual carácter abusivo de una cláusula que impide al consumidor la cesión de sus derechos.
Helena Palomino Moraleda
Septiembre 2024
Resumen: En el marco de un contrato de juego, la casa de apuestas online comunica el cierre de la cuenta a uno de sus usuarios, quien interpone demanda con el fin de conseguir su rehabilitación. La AP de Cantabria declara que no es abusiva la cláusula de las CGC que reconoce a favor del empresario - y del usuario- la facultad de resolución unilateral del contrato. Esta cláusula contempla el derecho de desistimiento ad nutum implícito en los contratos con una duración indefinida.
Ana I. Mendoza Losana
Septiembre 2024
Resumen: Según el TJUE, la normativa europea no prohíbe las penalizaciones por baja anticipada en caso de cambio de suministrador en contratos de suministro eléctrico con consumidores (domésticos o no) de duración determinada y a precio fijo, siempre que dichas cláusulas sean transparentes transparencia y el órgano que resuelve los conflictos pueda moderar las cláusulas y en su caso, adecuarlas a los perjuicios probados sufridos por el suministrador.
Mª del Sagrario Bermúdez Ballesteros
Septiembre 2024
Resumen: En la sentencia de 30 de mayo de 2024, Conny, (asunto C-400/22), el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronuncia respecto al alcance de la obligación de información previa contemplada en el art. 8.2.II de la Directiva 2011/83/UE, sobre derechos de los consumidores (DDC). La citada norma impone al empresario que contrata en línea el deber de velar por que el consumidor sea consciente, antes de vincularse contractualmente (mediante la pulsación del botón o función correspondiente) de que al pulsar asumirá un compromiso de pago.
Pilar Domínguez Martínez
Septiembre 2024
Resumen: El Tribunal Supremo declara limitativa la cláusula de la póliza que anulaba todas las garantías tras el pago por invalidez absoluta por no cumplir con los requisitos de transparencia y claridad exigidos por la Ley de Contrato de Seguro, máxime en este caso, en el que se trata de dos contratos separados con dos coberturas diferentes. De esta forma, las coberturas de vida-jubilación e invalidez absoluta no se anulan entre sí. La separación contractual repercute en la protección del asegurado, al asegurar que las primas pagadas por cada cobertura sean respetadas y que las coberturas no sean indebidamente anuladas por cláusulas no transparentes.
Sheila Martínez Gómez
Septiembre 2024
Resumen: Se recibe en CESCO una consulta (procedente de la Asociación de Consumidores de Navarra) sobre la penalización impuesta a un consumidor por el incumplimiento del compromiso de permanencia adquirido con el concesionario de vehículos tras la cancelación anticipada del contrato de financiación.
Responsabilidad del fabricante por la venta de una piscina defectuosa
Lucía del Saz Domínguez
Septiembre 2024
Resumen: En estas páginas comentamos un supuesto reciente sobre la responsabilidad que asume el fabricante en virtud de un contrato por el que el consumidor concertó la instalación de una piscina de fibra de vidrio en su vivienda ante la aparición de defectos.
Blanca Aparicio Araque
Septiembre 2024
Resumen: A consecuencia del Dictamen 8//2024, aprobado por el Comité Europeo de Protección de Datos, referente a la oferta por parte de las grandes plataformas en línea de acceso sin publicidad mediante el pago de una tarifa, la Agencia Española de Protección de Datos ha actualizado su guía sobre cookies, estableciendo que para que el consentimiento se otorgue libremente, el acceso a los servicios y funcionalidades no debe estar supeditado a la aceptación por el usuario del uso de cookies, lo que reivindica la imposibilidad de la utilización de los “muros de cookies” que no presenten una alternativa al consentimiento de las mismas.
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- ¿Alguna novedad en materia de consentimiento informado en la jurisprudencia del Tribunal Supremo reciente?
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- El pleno del TC reconoce como derecho constitucional el derecho a la vivienda y declara la inconstitucional de determinados preceptos de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda