NOVEDADES
CESCO
José María Martín Faba
Febrero 2018
Resumen: El Servicio de Consumo del Ayuntamiento de Siero nos pregunta en qué circunstancias tiene el consumidor que pagar el coste del examen para verificar el motivo de la avería de un producto a efectos de determinar si el vendedor responde de la falta de conformidad manifestada en el plazo de garantía legal.
Manuel Jesús Marín López, Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Castilla-La Mancha e investigador de CESCO, acaba de publicar el libro “La nulidad de la cláusula de gastos en los préstamos hipotecarios”
Video de presentación del libro
Puede consultarse el índice del libro aquí
José María Martín Faba
Febrero 2018
Resumen: Para que el consumidor concursado con un pasivo conformado sustancialmente por un préstamo hipotecario sobre vivienda habitual pueda obtener el beneficio de exoneración del pasivo del artículo 178 bis LC es necesario que satisfaga el crédito privilegiado y, por ende, que se realice el inmueble. Pero llegar a este draconiano final sería innecesario cuando el concursado se encuentra al corriente de pago del préstamo hipotecario, tiene solvencia para abonar las cuotas futuras y el valor de mercado del inmueble es inferior a la deuda. Por ello, si se cumplen estas circunsatancias algunos juzgados están "sacando del concurso" el préstamo hipotecario, que no tendrá que ser satisfecho en el procedimiento, y por tanto no se tendrá en cuenta a efectos de obtención de la remisión del pasivo insatisfecho. En este artículo se da noticia de la práctica expuesta, y se valora. Además, contiene una somera apreciación sobre la Proposición de Ley de Segunda Oportunidad de Ciudadanos.
Pilar Domínguez Martínez
Febrero 2018
Resumen: Esta Sentencia es una muestra del cambio de doctrina del TS en el la configuración del régimen de responsabilidad del procurador. Se trata de una doctrina que parte de la STS (Sala 1ª) 18 febrero 2005 (RJ 2005, 1682) al considerar que según el art, 5.2. LEC y conforme a los dispuesto en el Estatuto General de los Procuradores de los Tribunales, la lex artis del procurador se va a extender a toda la responsabilidad en la comunicación a su poderdante de las fases del proceso. Según el TS, el procurador está obligado a comunicar todo el mandato confiado no sólo al abogado, también al cliente.
La responsabilidad del letrado director no excluye la de la procuradora que comunica el señalamiento de vista en un procedimiento de liquidación de una sociedad de gananciales al abogado por fax pero no al cliente, no habiendo acudido, por tanto, al acto de comparecencia ni el letrado ni el poderdante. Se reconoce la responsabilidad de la procuradora porque los daños al cliente por la falta de presencia del abogado podían haber sido evitados, por haber intentado contactar con el abogado o con el poderdante, bien por haber puesto de manifiesto en la comparecencia la falta de comunicación o noticia con su poderdante, bien por la solicitud de suspensión del acto por parte del procurador o en definitiva por haber procurado objeción a la celebración del acto.
Responsabilidad por atropellos de especies cinegéticas
Álvaro López Pinar
Febrero 2018
Resumen: Realizar una evolución histórica del régimen legal aplicable a la responsabilidad de atropellos de especies cinegéticas.
Responsabilidad civil extracontractual del establecimiento por los daños producidos por un maniquí
Helena Palomino Moraleda
Febrero 2018
Resumen: La OMIC del Ayuntamiento de Cabanillas plantea ante el CESCO un incidente sucedido en un local comercial por el que se deriva una responsabilidad contractual imputable a los encargados por no cumplir la obligación de anclaje de un maniquí que produjo daños en una clienta.
Karolina Lyczkowska
Febrero 2018
Resumen: La RDGRN analiza si puede considerarse usurario el interés remuneratorio de 12% en un préstamo hipotecario. Recuerda que aunque este tipo de intereses están exentos del control de abusividad, pueden ser declarados usurarios si son notablemente superiores al tipo del mercado. En este caso, la Resolución entiende que dado que la prestataria no es una entidad de crédito y por tanto no se financia a bajo coste, el interés estipulado se ajusta al mercado y a los riesgos que corre la entidad al otorgar la financiación a los prestatarios.
Resumen: La Unión Internacional del Notariado convoca el Primer Premio de Investigación Jurídica de la UINL sobre personas con discapacidad, personas mayores, inmigrantes, infancia, refugiados u otros grupos que se encuentren en situación de vulnerabilidad.
- Seminario Derecho Notarial/Prácticas en Notarías. Curso 2017-2018
- Caixabank-Bankpyme: cesión de negocio incluyendo los pasivos contingentes con consumidores
- ¿Dónde se entiende cometida una infracción de consumo realizada mediante publicidad en una web?
- Novedades importantes que nos trae el 2018 en materia de servicios de pago: la transposición de la DSP II y las transferencias instantáneas
- Las inexactitudes en el cuestionario de salud que no influyen en el riesgo no constituyen dolo ni culpa grave ni justifican el impago de las prestaciones derivadas del seguro de vida en caso de fallecimiento
- Es válida la inscripción de una escritura de prestamo empresarial garantizado por hipotecante no deudor consumidor, aunque esta contenga una cláusula de intereses de demora abusiva según el estándar consumerista
- La obligación de la entidad bancaria de proporcionar información precontractual al consumidor subrogado en un préstamo hipotecario concedido al promotor
- Nulidad de la comisión por descubierto y reclamación de posiciones deudoras: la necesidad su justificación