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CESCO

Modificación del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios

Modificación del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios 

Lorena Parra Membrilla
Junio 2017

Resumen: El pasado día 6 de Junio se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 564/2017, de 2 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, que aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, con la finalidad de adaptar las exigencias que portaba la Directiva comunitaria, añadiendo el término denominado “edificio de consumo de energía comunitaria casi nulo” e introduciendo cambios en su ámbito de aplicación, excluyendo determinados edificios a la obligatoriedad del certificado de eficiencia energética.


La sucursal bancaria no puede negarse a registrar reclamaciones para el SAC

La sucursal bancaria no puede negarse a registrar reclamaciones para el SAC 

Rubén Campos Martín
Julio 2017

Resumen: Una OMIC planteó al CESCO una consulta sobre la negación de una sucursal bancaria a admitir una reclamación sobre la devolución de gastos dirigida al SAC. Pues bien, el Reglamento de la entidad bancaria obliga a todas las sucursales a recibir cualquier reclamación para el SAC sin que quepa negarse a atender las mismas. 


Nulidad de la cláusula de devengo de intereses en 360 días

Nulidad de la cláusula de devengo de intereses en 360 días 

Mª  del Mar Garrido Gómez
Julio 2017

Resumen: En este artículo se realizará un análisis de algunas resoluciones que declaran la nulidad o validez de la cláusula insertada en los contratos con consumidores tomando como referencia el año comercial o de 360 días para el cálculo de intereses y el año natural o de 365 días (366 si es bisiesto) para el cómputo del devengo de intereses. 


Curso de verano: Protección del consumidor-deudor hipotecario: realidad y perspectivas de futuro

Curso de verano: Protección  del consumidor-deudor hipotecario: realidad y perspectivas de futuro

El Centro de Estudios de Consumo en colaboración con el Ilustre Colegio Notarial de Castilla-La Mancha organiza el Curso de verano PROTECCIÓN  DEL CONSUMIDOR-DEUDOR HIPOTECARIO: REALIDAD Y PERSPECTIVAS DE FUTURO.

Le comunicamos que ya está abierto el plazo de matrícula pudiéndose realizar de manera on line a través de la pestaña “MATRÍCULA” del blog, http://cursosdeverano.uclm.es/matricula/.

CESCO concede 25 becas para la participación en el curso, con las que se financiará  el 50% del coste de la matrícula (de 50€) y del coste del alojamiento.  Las becas se concederán por orden de inscripción.

Para beneficiarse de las ayudas, los asistentes deberán presentar solicitud al Centro de Estudios de Consumo (consumo@uclm.es) antes del 15 de junio de 2017.

Los asistentes que soliciten ayudas no pueden realizar la matrícula antes de conocer el resultado de sus solicitudes. Los beneficiaros de las ayudas formalizarán la matrícula pagando solo la mitad del importe de la misma a través del Vicerrectorado de Cultura y Extensión Universitaria (https://www.uclm.es/cursosdeverano/), o de las Unidades de Extensión Universitaria de cada campus. 

Acceda a los materiales de los ponentes aquí. 

 


II Premio Ilustre Colegio Notarial De Castilla-La Mancha para trabajos de fin de grado en Derecho privado

II Premio Ilustre Colegio Notarial De Castilla-La Mancha para trabajos de fin de grado en Derecho privado

El Ilustre Colegio Notarial de Castilla-La Mancha en colaboración con el Centro de Estudios de Consumo de la Universidad de Castilla-La Mancha convoca el Premio Ilustre Colegio Notarial de Castilla-La Mancha a los mejores trabajos de fin de grado en Derecho privado.


Tres extremos relativos a la “oferta motivada” del asegurador en la Ley de responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículo a motor

Tres extremos relativos a la “oferta motivada” del asegurador en la Ley de responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículo a motor

Ángel Carrasco Perera
Junio 2017

Resumen: Se constata la existencia de interpretaciones divergentes dentro del sector asegurador sobre diversos extremos del art. 7 LRCSCVM, TR aprobado por RD Legislativo 8/2004, en la reforma introducida por la Ley 35/2015 (“ley del baremo”). Básicamente, el desencuentro se produce a propósito del sentido y alcance de la llamada “oferta motivada de indemnización” que debe presentar el asegurador.


Una buena tesis sobre la validez de la cláusula de vencimiento anticipado

Una buena tesis sobre la validez de la cláusula de vencimiento anticipado

José María Martín Faba
Junio 2017

Resumen: Un importante número de Audiencias Provinciales suspenden la tramitación de los procedimientos de ejecución hipotecaria, en los que el ejecutado tenga la condición de consumidor y la escritura pública disponga de una cláusula de vencimiento anticipado por cualquier impago, hasta que el Tribunal de Justicia resuelva las cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal Supremo en relación a esta cláusula predispuesta. Así, por ejemplo, lo ha acordado el Pleno Jurisdiccional de las Secciones Civiles de la Audiencia Provincial de Sevilla. No obstante, en contra de la decisión del Pleno de suspender las ejecuciones en estos casos se alza un grupo de magistrados que ha elaborado un concienzudo voto particular, que contiene una serie de razonamientos que, complementados con las Conclusiones de la Abogada General en el asunto Vertrieb AG, podrían acabar con el tortuoso problema de la cláusula de vencimiento anticipado.


Un contrato de gestión de cartera no es un servicio de inversión a efectos de la MiFID

Un contrato de gestión de cartera no es un servicio de inversión a efectos de la MiFID

Karolina Lyczkowska
Junio 2017

Resumen: Este trabajo resume la sentencia del TJUE que aclara la definición de un servicio de inversión. Tras realizar una interpretación sistemática de la Directiva 2004/39 (MiFID), el Tribunal de Justicia llega a la conclusión de que un contrato de gestión de cartera no está incluido en el ámbito de dicha definición.

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