José María Martín Faba
Octubre 2017
Resumen: El artículo 4.2 a) RD-l 1/2017, de 20 de enero, estableció que si el consumidor interpone una demanda de nulidad de cláusula suelo y reembolso de intereses sin acudir al procedimiento de negociación extrajudicial ad hoc no se apreciará mala fe del banco, a efectos de imponerle las costas, en caso de que este se allane antes de contestar a la demanda. Con todo, en la sentencia glosada el juzgador elude aplicar el citado precepto en favor de las normas ordinarias de imposición de costas para supuestos de allanamiento del demandado (art. 395 LEC), concluyendo que un requerimiento de pago del consumidor anterior a la entrada en vigor del mecanismo sirve para sustentar la mala fe del banco, a efectos de imposición de costas, que se allana antes de contestar a la demanda.