¿Puede el arrendatario del local exigir la aplicación del art 10 Ley Propiedad Horizontal?
Celia Sevilla González
Julio 2024
Resumen: El arrendatario no es per se parte en la relación jurídico material establecida por la declaración del régimen de propiedad horizontal, el cual regula las relaciones entre los propietarios y entre estos y la comunidad de la que forman parte. Los derechos y obligaciones del arrendatario de local de negocio respecto del arrendador quedan encuadrados en las disposiciones del contrato de arrendamiento regulado en el Código Civil y en las estipulaciones de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Salvo pacto en contrario, es obligación del propietario asumir las obligaciones derivadas de la Ley de Propiedad Horizontal, entre ellas las establecidas en su artículo 10 relativas a las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble. A pesar de ello, la práctica jurídica demuestra que el arrendatario puede, en determinados casos, verse afectado directamente por la ejecución de actos derivados de las disposiciones de la Ley de Propiedad Horizontal o que les alcancen indirectamente, por simple conexión, dada su condición de titulares de la posesión de un inmueble sujeto al régimen de propiedad horizontal. Esta conexión puede en determinados casos atribuirle la responsabilidad de realización de las obras necesarias para el inicio de su actividad.