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Vuelos de conexión operados por dos compañías diferentes: el pasajero puede demandar la compensación por la incidencia ocurrida en el primer tramo del viaje ante los tribunales competentes del aeropuerto del punto de destino final
Vuelos de conexión operados por dos compañías diferentes: el pasajero puede demandar la compensación por la incidencia ocurrida en el primer tramo del viaje ante los tribunales competentes del aeropuerto del punto de destino final
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Vuelos de conexión operados por dos compañías diferentes: el pasajero puede demandar la compensación por la incidencia ocurrida en el primer tramo del viaje ante los tribunales competentes del aeropuerto del punto de destino final

Karolina Lyczkowska
Marzo 2018

Resumen: La sentencia del TJUE de 7 marzo 2018 analiza la competencia internacional en materia de la reclamación de compensaciones derivadas del Reglamento 261/2004. Según el TJUE, en caso de demandas relacionadas con incidencias ocurridas en durante el transporte aéreo, el lugar de prestación de servicios (que determina la competencia judicial) es tanto el aeropuerto del inicio del viaje como el del destino final. Esta conclusión se aplica tanto a los vuelos directos como a los vuelos con escala.

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