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Nulidad contractual como consecuencia de fraude de ley y el concepto de consumidor de acuerdo a la Ley 42/1998
Nulidad contractual como consecuencia de fraude de ley y el concepto de consumidor de acuerdo a la Ley 42/1998
Helena Palomino Moraleda
Septiembre 2017
Resumen: Comentario a la STS 431/2017 de 10 de julio. El TS analiza los incumplimientos contractuales del contrato origen del litigo que tienen como consecuencia jurídica la nulidad contractual y recoge la jurisprudencia comunitaria en relación al ánimo de lucro como factor no excluyente de la condición de consumidor.
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