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No cabe denegar la indemnización por cancelación de vuelo alegando que se trata de una “reprogramación” no sujeta al Reglamento 295/1991
No cabe denegar la indemnización por cancelación de vuelo alegando que se trata de una “reprogramación” no sujeta al Reglamento 295/1991
No cabe denegar la indemnización por cancelación de vuelo alegando que se trata de una “reprogramación” no sujeta al Reglamento 295/1991
D. Miguel Fernández Benavides
Abril 2012
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