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Los contratos de mantenimiento de ascensores superiores a tres años son abusivos
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Los contratos de mantenimiento de ascensores superiores a tres años son abusivos

Pascual Martínez Espín
Septiembre 2019

Resumen: La STS 469/2019, de 17 de septiembre (recurso 3743/2016) declara la abusividad de las cláusulas de duración en contratos de mantenimiento de ascensores que excedan de tres años. La citada sentencia anula un contrato para el mantenimiento del ascensor de una comunidad de propietarios calificado como "a todo riesgo" y con una duración de cinco años al considerar que el tiempo es excesivo, ya que impide a los consumidores obtener mejores prestaciones que puedan ofrecer otras empresas, si no existen "causas excepcionales" que justifiquen un plazo mayor.

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