Inicio
Publicaciones
La prestamista que impone un seguro de protección de pagos carece de acción contra el prestatario si no reclama primero a la aseguradora
La prestamista que impone un seguro de protección de pagos carece de acción contra el prestatario si no reclama primero a la aseguradora
Compartir en:

La prestamista que impone un seguro de protección de pagos carece de acción contra el prestatario si no reclama primero a la aseguradora

Karolina Lyczkowska
Enero 2018

Resumen: La imposición de la contratación de un seguro de vida o amortización de pagos para poder optar a un préstamo es una práctica común de las entidades, especialmente en caso de préstamos hipotecarios. Con todo, aun imponiendo de facto ese seguro al prestatario, una vez acaecido un supuesto cubierto por la póliza como el fallecimiento o incapacidad del titular, en ocasiones la entidad reclama el pago del préstamo directamente al prestatario o sus herederos o ejecuta las garantías correspondientes en vez de reclamar primero a la aseguradora. La SAP de Ciudad Real comentada entiende que este comportamiento es contrario a la reciprocidad de las obligaciones y a la buena fe, pues al quedar designada la entidad bancaria como beneficiaria y no reclamarlo, deja perder el capital del seguro constituido precisamente para garantizar el pago del crédito que se reclama.   

Descargar PDF
321 descargas
Contacto
Universidad de Castilla-La Mancha
Vicerrectorado del Campus de Toledo y Relaciones Institucionales
Palacio del Cardenal Lorenzana
C/ Cardenal Lorenzana, 1
45071 – Toledo
925 26 88 00 – Ext.: 5018
925 25 15 86
consumo@uclm.es
Copyright © 2025
Todos los derechos reservados
Política de privacidad
Política de Cookies
Aviso Legal