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La cláusula que asigna el valor real al objeto asegurado frente al valor nuevo proclamado de forma general, es limitativa de los derechos del asegurado en un seguro multirriesgo del hogar
La cláusula que asigna el valor real al objeto asegurado frente al valor nuevo proclamado de forma general, es limitativa de los derechos del asegurado en un seguro multirriesgo del hogar
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La cláusula que asigna el valor real al objeto asegurado frente al valor nuevo proclamado de forma general, es limitativa de los derechos del asegurado en un seguro multirriesgo del hogar

Pilar Domínguez Martínez
Julio 2020

Resumen: En un contrato de seguro multirriesgo del hogar, el TS califica de limitativa de los derechos del asegurado la cláusula que respecto de las prendas de vestir que han quedado inútiles, condiciona la indemnización al valor real, no el valor nuevo que es el que viene proclamado de forma general en el condicionado, tanto respecto del contenido, como respecto del continente. La decisión en sobre esta calificación y el incumplimiento de los requisitos contenidos en el artículo 3 LCS, determinará que la compañía indemnice el valor nuevo de las referidas prendas de vestir estropeadas.

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