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El vencimiento anticipado de un crédito hipotecario al corriente de pago, formalizado antes del 16 de junio de 2019, queda reemplazado por el régimen del artículo 24 LCCI
El vencimiento anticipado de un crédito hipotecario al corriente de pago, formalizado antes del 16 de junio de 2019, queda reemplazado por el régimen del artículo 24 LCCI
José María Martín Faba
Junio 2019
Resumen: La cláusula de vencimiento anticipado de un contrato de préstamo hipotecario que se encuentra al corriente de pago, formalizado con anterioridad al 16 de junio de 2019, queda sustituida por el régimen del artículo 24 de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario.
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