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El TJUE aclara el contenido mínimo de la información precontractual sobre el derecho de desistimiento cuando el contrato se celebra a través de un medio de comunicación a distancia con espacio y tiempo limitados
El TJUE aclara el contenido mínimo de la información precontractual sobre el derecho de desistimiento cuando el contrato se celebra a través de un medio de comunicación a distancia con espacio y tiempo limitados
Mª del Sagrario Bermúdez Ballesteros
Febrero 2019
Resumen: El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado recientemente la Sentencia de 23 de enero de 2019, relativa a la interpretación y alcance que debe darse al art. 8.4 -en relación con el art. 6.1- de la Directiva 2011/83/UE, de 25 de octubre, respecto al contenido de la información que, con carácter previo a la celebración del contrato, el empresario debe proporcionar al consumidor cuando para la celebración del mismo se utilice una técnica de comunicación a distancia en la que el espacio y tiempo sean limitados.
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