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El seguro de responsabilidad civil derivado de la circulación de vehículos a motor no cubre los daños sufridos por el conductor asegurado por la muerte de sus familiares causada por su propia conducta
El seguro de responsabilidad civil derivado de la circulación de vehículos a motor no cubre los daños sufridos por el conductor asegurado por la muerte de sus familiares causada por su propia conducta
Pilar Domínguez Martínez
Mayo 2024
Resumen: Según el Tribunal Supremo, los daños morales del conductor causante de un siniestro no son cubiertos por el seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor, incluso si resultan en la muerte de familiares. La interpretación de la Ley excluye estos daños, alineándose con las directivas de la UE y la jurisprudencia del TJUE. Subrayándose, además, la distinción entre seguro de accidentes y seguro de responsabilidad civil en base al principio de alteridad. En definitiva, el artículo 5.1 de la LRCSCVM, modificado por la Ley 21/2007, clarifica que el seguro no cubre los daños del conductor causante del accidente.
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