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El hecho de que un peatón, víctima de un accidente de circulación, sea el propietario del vehículo implicado en el siniestro y el tomador del mismo seguro no elimina su derecho a ser indemnizado
El hecho de que un peatón, víctima de un accidente de circulación, sea el propietario del vehículo implicado en el siniestro y el tomador del mismo seguro no elimina su derecho a ser indemnizado
Pilar Domínguez Martínez
Febrero 2018
Resumen: Según el TJUE, el hecho de que la víctima de un accidente de circulación tenga la condición de peatón en el momento del accidente, no excluye la obligación de la aseguradora de satisfacer los daños corporales y materiales que sufrió en el accidente. El hecho de que el tomador del seguro y el propietario del vehículo se encontrara fuera del automóvil no puede justificar una solución distinta. También el TJUE se pronuncia sobre la necesidad de interpretar de forma excepcional y restrictiva la legislación nacional sobre la limitación del derecho indemnizatorio del ocupante que hubiera contribuido a la producción del daño.
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