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El Constitucional se mantiene fiel a su doctrina sobre el límite temporal para instar el carácter abusivo de una cláusula en el proceso de ejecución hipotecaria
El Constitucional se mantiene fiel a su doctrina sobre el límite temporal para instar el carácter abusivo de una cláusula en el proceso de ejecución hipotecaria
Sheila Martínez Gómez
Noviembre 2021
Resumen: Si bien las dos últimas SSTC núm. 150/2021 y núm. 154/2021 de 13 de septiembre insisten en que el ejecutado puede formular oposición en cualquier fase del procedimiento sobre la base de la existencia de una cláusula abusiva en el título ejecutivo, creemos, por el contrario, que el consumidor debe atenerse a la normativa procesal e instar la declaración de nulidad en el trámite de oposición a la ejecución del art. 695.1.4ª LEC, sin perjuicio de que pueda, posteriormente, invitar al juez a ejercer su facultad de control de oficio.
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