Inicio
Publicaciones
De nuevo sobre el «control de transparencia» y el «control de contenido» en contratos celebrados entre no consumidores
De nuevo sobre el «control de transparencia» y el «control de contenido» en contratos celebrados entre no consumidores
Compartir en:

De nuevo sobre el «control de transparencia» y el «control de contenido» en contratos celebrados entre no consumidores

Ángel Carrasco Perera 
Febrero 2017

Resumen: La Sentencia del Tribunal Supremo (Pleno) 367/2016, de 3 de junio, excluía que el control de «abusividad» pudiera ser aplicado en contratos con empresarios. Con todo, «esto no quiere decir que en las condiciones generales entre empresarios no pueda existir un abuso de posición dominante […] y que también pueda declararse que una condición sea abusiva cuando sea contraria a la buena fe y cause un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de la las partes». 

Descargar PDF
383 descargas
Contacto
Universidad de Castilla-La Mancha
Vicerrectorado del Campus de Toledo y Relaciones Institucionales
Palacio del Cardenal Lorenzana
C/ Cardenal Lorenzana, 1
45071 – Toledo
925 26 88 00 – Ext.: 5018
925 25 15 86
consumo@uclm.es
Copyright © 2025
Todos los derechos reservados
Política de privacidad
Política de Cookies
Aviso Legal