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Cuando el “consumidor-pasajero” es una empresa de gestión de cobros y la cláusula atributiva de competencia judicial internacional es abusiva (Asunto DelayFix, C‑519/19)
Cuando el “consumidor-pasajero” es una empresa de gestión de cobros y la cláusula atributiva de competencia judicial internacional es abusiva (Asunto DelayFix, C‑519/19)
Mª Victoria Cuartero Rubio
Febrero 2021
Resumen: Los derechos de los consumidores-pasajeros de vuelos siguen ocupando al TJUE. Con ocasión de la determinación de la competencia judicial internacional para reclamar la compensación por cancelación o retraso del vuelo, en la Sentencia de 18 de noviembre de 2020, DelayFix, C‑519/19, se cruzan dos cuestiones: el carácter abusivo de la cláusula atributiva de competencia predispuesta por Ryanair y la irrupción en este escenario de una empresa cesionaria del crédito que ocupa la posición jurídica del consumidor en la reclamación por compensación.
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