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Clausula penal por incumplimiento de la obligación de no concurrencia a una comunidad de propietarios
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Clausula penal por incumplimiento de la obligación de no concurrencia a una comunidad de propietarios

Pascual Martínez Espín
Mayo 2021

Resumen: Las comunidades de propietarios tienen la consideración de consumidores. Es válida la cláusula penal por incumplimiento de la obligación de no concurrencia en contrato de arrendamiento de servicios a una comunidad de propietarios.

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