Lourdes López Cumbre
Enero del 2015
El pasado 18 de diciembre de 2014, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictó una sentencia [Asunto C-354/13, Fag og Arbejde (FOA) contra Kommunernes Landsforening (KL] en el litigio planteado entre un empleado público y la Administración danesa. Esta última contrató a un cuidador infantil para cuidar niños en su propio domicilio, primero de forma temporal y luego mediante contratación indefinida durante quince años. Las partes admiten que el trabajador estaba «obeso» desde su inicial contratación y así permaneció durante el tiempo que se mantuvo su relación, habiendo intentado perder peso -incluso con ayuda económica de su empleadora dentro de las políticas de salud dictadas para el desarrollo del empleo público-, sin éxito.
Cuando el número de niños a cuidar desciende, la administración se plantea el despido de uno de los trabajadores, recomendando los inspectores educativos el despido de este trabajador y no de otro. Iniciada la instrucción de un expediente contradictorio, con la audiencia obligatoria del trabajador, éste requiere conocer el motivo de su despido, pero no obtiene respuesta. En todo caso, la carta de despido incorpora como único motivo el factor organizativo y como única causa la disminución de la carga de trabajo del empleador. La alegación de discriminación por obesidad obliga a plantear una cuestión prejudicial a los tribunales nacionales daneses
Pagos por Internet: ¿riesgos a raya con las directrices de seguridad publicadas por la autoridad bancaria europea?
Dña. Mª Nieves Pacheco Jiménez
Enero 2015