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La “reparabilidad” como elemento para juzgar la conformidad del bien vendido con el contrato: el nuevo artículo 7.1.d) de la Directiva 2019/771, de 20 de mayo, de contratos de compraventa de bienes
La “reparabilidad” como elemento para juzgar la conformidad del bien vendido con el contrato: el nuevo artículo 7.1.d) de la Directiva 2019/771, de 20 de mayo, de contratos de compraventa de bienes
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La “reparabilidad” como elemento para juzgar la conformidad del bien vendido con el contrato: el nuevo artículo 7.1.d) de la Directiva 2019/771, de 20 de mayo, de contratos de compraventa de bienes

Manuel Jesús Marín López
Enero 2025

Resumen: La Directiva 2024/1799, de 13 de junio, para promover la reparación de bienes, introduce la “reparabilidad” como un aspecto para valorar si el bien vendido cumple los criterios objetivos de conformidad. En este trabajo se examina qué significa la “reparabilidad” y el alcance que ha de tener esta expresión en relación con la conformidad del bien.

 

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