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El transportista comunitario en un vuelo con conexión directa debe compensar por gran retraso pese a su producción en un tramo extracomunitario por un transportista no comunitario
El transportista comunitario en un vuelo con conexión directa debe compensar por gran retraso pese a su producción en un tramo extracomunitario por un transportista no comunitario
Lucía del Saz Domínguez
Septiembre 2019
Resumen: El presente supuesto resuelve la petición de una decisión prejudicial a fin de interpretar el artículo 3.5 del Reglamento (CE) n.º 261/2004.
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