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El consumidor no tiene obligación de pagar un precio superior al de mercado si no se ha pactado el precio por los servicios
El consumidor no tiene obligación de pagar un precio superior al de mercado si no se ha pactado el precio por los servicios
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El consumidor no tiene obligación de pagar un precio superior al de mercado si no se ha pactado el precio por los servicios

Álvaro Vecina Aznar
Mayo 2025

Resumen: En un contrato de prestación de servicios, la ausencia de precio determinado o determinable no conlleva su nulidad. Tampoco la contravención de la normativa de consumo en materia de información precontractual. En última instancia, el precio del contrato será el normal de mercado.

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