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Derechos de los pasajeros que viajan por mar y vías navegables: el retraso en la entrega de un buque no constituye “circunstancias extraordinarias”
Derechos de los pasajeros que viajan por mar y vías navegables: el retraso en la entrega de un buque no constituye “circunstancias extraordinarias”
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Derechos de los pasajeros que viajan por mar y vías navegables: el retraso en la entrega de un buque no constituye “circunstancias extraordinarias”

Lucía del Saz Domínguez
Octubre 2021

Resumen: El Tribunal de Justicia resuelve una petición de decisión prejudicial sobre la interpretación de determinados artículos del Reglamento n.º 1177/2010 (que contempla los derechos de los pasajeros que viajan por mar y por vías navegables), en la que se cuestionan aspectos relativos a los derechos que corresponden a los pasajeros por la cancelación del transporte marítimo, si ha de abonarse la indemnización por retraso, así como la propia validez de dicho Reglamento. También ahonda en el concepto de “circunstancias extraordinarias” a los efectos de tal Reglamento, ya que, de concurrir éstas, el transportista podría quedar exento de su deber de abonar la precitada indemnización.

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